FUNCIONES ADMINISTRATIVAS
Lic. Antonio Zegarra Mujica
Normas Administrativas
Las Cooperativas de Ahorro Y Crédito, han sido regidas por:
- Ley General de Cooperativas 15260.
- Decreto Legislativo Nº 085, introducido por el Decreto Legislativo 141.
A la fecha somos regidos por el Decreto Supremo Nº 074-90-TR, que es el Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas.
Resolución S.B.S. Nº 540-99, Modificada por la Resolución S.B.S. Nº 621-03.
El Estatuto
Es un conjunto orgánico de disposiciones, que orientan al conjunto social a alcanzar sus objetivos.
El Reglamento
Es una norma adjetiva que sustenta y desarrolla en forma descriptiva los aspectos esenciales del Estatuto.
Manuales
Son normas que regulan las actividades de los empleados en el trabajo y los diferentes órganos o unidades operativas, como el Manual de Organización y Funciones.
Régimen económico, Capital social o Fondo social
Aportación Suscrita
Esta clase de aportación se da desde el momento en que el asociado se inscribe en la Cooperativa; es decir que se compromete en aportar mensualmente una cantidad mínima de dinero y que oscila entre la aportación mínima y máxima acordada en la Cooperativa.
Aportación Pagada
Son las aportaciones que en forma real son depositadas por los asociados.
Estas aportaciones pueden ser igual o mayor al compromiso de la aportación mínima del asociado con la Cooperativa; pero no de mayor valor al de la aportación máxima determinada por la Asamblea General.
Capital Socio Suscrito
Es la suma de las aportaciones del total de asociados que suscribieron como compromiso en aportar mensualmente una cantidad mínima de dinero, estando representado por un documento de compromiso.
Capital Socio Pagado
Es la sumatoria de las aportaciones del total de asociados, que han aportado en forma sistemática efectiva a la Cooperativa.
Determinación del Remanente
Para encontrar el Remanente, es necesario establecer el Estado de Ingresos y Gastos del ejercicio económico que se esta analizando.
Obtención del Remanente
Para encontrar el Remanente, se deduce del total de ingresos menos el total de gastos, incluyendo los impuestos.
Distribución del Remanente
Conceptos generales:
Remanente
Es un saldo a favor de la Cooperativa, después de restar el gasto total del ingreso total.
El ingreso se clasifica en:
- Fondo Colectivo: Significa que estos fondos serán utilizados entre los asociados de la Cooperativa, según las circunstancias; por ejemplo, el fondo de previsión social.
- Fondo Individual: Se entiende como la compensación que le corresponde a cada asociado, de acuerdo a las operaciones económicas que han realizado con la Cooperativa; por ejemplo, Interés al Capital social, el excedente.
- Fondo Educativo: Es un fondo colectivo que proviene de una parte del Remanente y se utiliza para la ejecución del Plan Educativo de la Cooperativa. Este Plan puede contener eventos culturales, sociales, deportivos, esencialmente a los que promueven el desarrollo de la Institución, como Seminarios, Charlas de Fomento Cooperativo, entre otros.
- Fondo de Previsión Social: Es un fondo colectivo, que proviene de una parte del Remanente, con la finalidad de ayudar a los asociados de la Cooperativa, en caso que sufrieran accidentes, enfermedades incurables o que estén en desgracia.
Reserva Cooperativa
Es una parte del Remanente, no menos del 20%. Además es un fondo irrepartible con el objeto de cubrir pérdidas u otras contingencias imprevistas de la Cooperativa. La reserva utilizada en los casos mencionados deberá ser repuesta por la Cooperativa, en cuanto al estado de Ingresos y Egresos arroje remanentes D.S. 074-90-TR.(Art. 42, 43 y 44).
Interés Limitado a capital social
- Es un fondo individual, el cual corresponde a una parte del remanente y se distribuye al asociado en función al saldo de aportación al 31 de Diciembre de cada ejercicio económico. Por ejemplo : En las Cooperativas de Ahorro y Crédito, se distribuye en función al monto total de recuperación por concepto de prestamos.
- En las Cooperativas de Consumo, se distribuye en función de las compras realizadas.
- En las Cooperativas de Trabajadores, se distribuye en función al salario o remuneración, también puede ser el número de horas reales y efectivas trabajadas.
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